Vistas de página en total

martes, 29 de mayo de 2012

Academia Nuclear del Peru: Caso Jesús Aymar Alejos

Según CARTA Nº 056-12-IPEN/SEGE (22/05/2012), el Secretario General del Instituto Peruano de Energia Nuclear (IPEN), Edgard Medina Flores informa que el grado o título del Sr. Jesús Aymar Alejos, no forma parte de los documentos existentes en la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN) del IPEN, precisando además que "la norma técnica PR.002-2011 en el párrafo 518 establece que el servicio de dosimetría debe contar, como mínimo, con el siguiente personal: un profesional con calificación y experiencia no menor a un (01) año en el tipo de dosimetría a desarrollar, el cual será responsable técnico del servicio y con personal técnico capacitado en dosimetría personal y entrenada, como mínimo seis (06) meses, en el tipo de dosimetría a autorizarse, requerimiento que la empresa Nuclear Control cumple".

27 de agosto de 2011
¿Egresado e Ingeniero Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú?, 
¿Magister y Ph.D. en Física Nuclear por la Universidad de Notredame?

ACADEMIA NUCLEAR DEL PERU: Caso Jesus Aymar
(Tesorero de la Academia Nuclear del Peru)
Físico nuclear, Ph.D. por la Universidad de Notredame, Estados Unidos.
Ex presidente del IPEN.

www.youtube.com
Academia Nuclear del Perú La Academia Nuclear del Perú
 se fundó en 1995, conformada por cientìficos e ingenieros 
con el grado de Magister o Doctor que trabaj...


De la aclaración del Dr. Modesto Montoya se colige que el tesorero de la Academia Nuclear del Perú, Jesus Aymar Alejos, no tiene el grado de Bachiller, ni titulo profesional, en ninguna carrera, ni de ingeniería ni de física.

¿Es posible realizar estudios de maestría sin tener el grado de bachiller?
Según este caso, si es posible en los Estados Unidos, en la University of Notre Dame (http://nd.edu/) una universidad privada, católica, de la Congregación de Santa Cruz, ubicada en Indiana.
















Sin embargo, llama la atención que sin un Bachillerato en Ciencias, en 2 años obtuvo el grado de Master en Ciencias y tras un breve periodo de 1 año (realizó estudios y tesis) obtuvo el grado de Ph.D. en dicha universidad.




Disertación: Thesis (Ph. D.)--University of Notre Dame, August, 1972.
Total angular momentum transfer in the ⁵⁸Ni(d, p)⁵⁹Ni and ⁶⁰Ni(d, p)⁶¹Ni stipping reactions.
Autor:Jesus A Aymar
Editorial:Notre Dame, Ind., 1972.



Contact:

Director of Graduate Studies
Prof. Kathie E. Newman
Telephone:            (574) 631-2813 begin_of_the_skype_highlighting            (574) 631-2813      end_of_the_skype_highlighting      
Fax: (574) 631-5952
Email physics@nd.edu
The Nuclear Physics GroupStaff ).

Sample Course Schedule

Requirements for the Ph.D. include 36 credit hours in courses and research. The following is the schedule for most physics graduate students for the first two years of graduate study:

First Year
Fall Semester
PHYS 73000, Colloquium (0 credit)
PHYS 70003 (pdf), Mathematical Methods of Physics (3 credits)
PHYS 70005  (pdf), Classical Mechanics (3 credits)
PHYS 70007 (pdf), Quantum Mechanics I (3 credits)
PHYS 70200  (pdf), Introduction to Astrophysics (1 credit)
PHYS 70300 (pdf), Introduction to Atomic Physics (1 credit)
PHYS 70400 (pdf), Introduction to Biophysics (1 credit)
Spring Semester
PHYS 73000, Colloquium (0 credit)
PHYS 70006 (pdf), Electromagnetism (3 credits)
PHYS 70008 (pdf), Quantum Mechanics II (3 credits)
PHYS 70010 (pdf), Methods of Experimental Physics (3 credits)
PHYS 70600 (pdf), Introduction to Elementary Particle Physics (1 credit)
PHYS 70700 (pdf), Introduction to Nuclear Physics (1 credit)
PHYS 70500 (pdf), Introduction to Condensed Matter Physics (1 credit)
PHYS 83X00, Seminar (2 credits)
PHYS 98698, Research and Dissertation (1 credit)


Second Year
Fall Semester
PHYS 73000, Colloquium (0 credit)
PHYS 80001 (pdf), Electrodynamics (3 credits)
PHYS 80002 (pdf), Statistical Thermodynamics (3 credits)
Research-area course or electives (0-6 credits)
PHYS 83X00, Seminar (2 credits)
PHYS 98698, Research and Dissertation (1 credit)
Spring Semester
PHYS 73000, Colloquium (0 credit)
Research-area course or electives (0-9 credits)
PHYS 83X00, Seminar (2 credits)
PHYS 98698, Research and Dissertation (1 credit)

------


ESTUDIOS DE DOCTORADO DE FISICOS:
Niels Bohr..............3 años.
Richard Feynman.....4 años.
Albert Einstein.........5 años
Stephen Hawking.....5 años
Modesto Montoya....6 años.
Jesús Aymar..........1 Año. (Ph.D.- University of Notre Dame)

Fuente: http://www.facebook.com/rolando.paucarjauregui/posts/333087716763818?notif_t=like







  

Referencia:

Empresa NUCLEAR CONTROL no cumple con norma de

dosimetría personal vigente en el Perú

Por: Francisco Vidarte Garcia (*)
En el Perú, la provisión de la dosimetría personal de radiaciones a trabajadores ocupacionalmente expuestos debe ser  realizada por un servicio de dosimetría personal de radiación externa autorizado por  la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN) del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), de acuerdo con lo establecido en la reglamentación vigente de la Ley  28028 – Ley  de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante, el Reglamento de la Ley 28028 (D.S.No. 039­2008­EM)  y  el Reglamento de Seguridad Radiológica (D.S. No. 009­97­EM), para lo cual debe cumplir  con requisitos  técnicos y  administrativos que garanticen lecturas  exactas, precisas y  confiables  de dosis, dentro de márgenes apropiados.

Según los numerales 201 y 513 de la Norma de Seguridad Radiológica PR.002.2011 "REQUISITOS TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LOS SERVICIOS DE DOSIMETRIA PERSONAL DE RADIACION EXTERNA" se establece que toda a toda persona natural o jurídica que preste servicios de dosimetría personal de radiación externa a nivel nacional, debe llevar a cabo pruebas de desempeño rutinarias, cada doce (12)  meses, a través de un Laboratorio Secundario de Calibraciones Dosimétricas (LSCD)designado por  la OTAN, las mismas que deberán ser  aprobadas y  documentadas en certificados debidamente firmados por  el LSCD.


A la fecha, en el Perú, las empresas de dosimetría personal autorizadas por la OTAN-IPEN son:
Nuclear Control SAC http://www.nuclearcontrol.com.pe
Dosirad SAC  http://www.dosirad.com
Aleph Group & Asociados SAC http://www.aleph.com.pe

De otro lado, en el numeral 702, la norma dispone que:  "La OTAN fiscalizara el cumplimiento de la presente norma y  de las condiciones del servicio aprobadas y  en cumplimiento con las disposiciones establecidas en el Reglamento de la Ley 28028."

¿Por que la empresa Nuclear Control S.A.C. NO CUMPLE con lo dispuesto por la AUTORIDAD NACIONAL (OTAN-IPEN) y la normatividad vigente en el país?























































(*) Presidente, Asociación Peruana de Energía Nuclear, fvidarte@hotmail.com
Fuente: http://dosimetriaderadiaciones.blogspot.com/2012/05/empresa-nuclear-control-no-cumple-con.html (9 mayo 2012)

9 DE MAYO DE 2012)



viernes, 25 de mayo de 2012

CHILE: Evaluación de la Calidad a los Servicios de Dosimetría Personal Externa

Programa de Evaluación de la Calidad a los Servicios de Dosimetría Personal Externa


1. JUSTIFICACIÓN.
Los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes deben portar durante su jornada laboral el o los dosímetros correspondientes, dispositivos, que darán a conocer las dosis recibidas, permitiendo, realizar una vigilancia radiológica personal y el control  de los límites establecidos.
Los empleadores son los responsables de proveer dicho dosímetro a sus trabajadores y para ello deben adquirirlos en los servicios de dosimetría personal externa (S.D.P.E), habilitados en el país, por el Ministerio de Salud, en base a un informe técnico favorable otorgado por el Instituto de Salud Pública.
Para controlar, en el tiempo,  la calidad del funcionamiento de los S.D.P.E,  el Instituto de Salud Pública de Chile ha desarrollado el programa “EVALUACIÓN DE LA CALIDAD A LOS SERVICIOS DE DOSIMETRÍA PERSONAL EXTERNA” que establece los requisitos que deben cumplir dichos servicios  para mantener la autorización vigente.

CHILE: Dosimetría Personal Externa

Dosimetría Personal Externa
En Chile, para cumplir con lo establecido en el Decreto Supremo N°3, de 1985, del Ministerio de Salud, “Reglamento de Protección Radiológica de Instalaciones Radiactivas”, en materia de dosimetría personal, este Instituto realiza el “Programa de Dosimetría Personal Externa”, el cual tiene como objetivos.
  • Evaluar requisitos técnicos y administrativos de los interesados en prestar el servicio dosimetría personal externa.
  • Evaluar nueva técnica que deseen incorporar los servicios de dosimetría personal ya habilitados.
  • Controlar la calidad del funcionamiento de los servicios de dosimetría en el tiempo.

martes, 15 de mayo de 2012

¿Porque Empresa NUCLEAR CONTROL no cumple con norma de dosimetría personal vigente en el Perú?


Estimado Jaime:
En atencion a vuestro mensaje Referencia (1) te respondo en los terminos siguientes:

1.- De acuerdo a la Referencia (2),  Marco Munive Sanchez, Director de la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN) del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), señala que con las formalidades del caso se requirió a la empresa NUCLEAR CONTROL SAC que cumpla con disponer de la prueba de desempeño rutinaria para dosimetría de fotones en condiciones normales y accidentales. 

2.- La OTAN no informa, segun Referencia (2) en que fecha hizo tal requerimiento de esa obligacion y si impuso alguna sancion a la empresa NUCLEAR CONTROL SAC.

3.- La empresa NUCLEAR CONTROL SAC, no es la primera vez que incumple con los requerimientos tecnicos que tienen que cumplir los Servicios de Dosimetria Personal autorizados por el IPEN.

4.- De acuerdo a la Referencia (3), Humberto Flores Arevalo, Secretario General del IPEN, el 17 de setiembre de 2010,  informo que la empresa NUCLEAR CONTROL SAC no contaba con el certificado de intercomparacion dosimetrica vigente para campos mixtos, fotones, radiacion y accidentes en las magnitudes Hp(10) ni Hp(0,07).

5.-  Las magnitudes Hp(10) ni Hp(0,07) son importantes para determinar respectivamente las dosis de cuerpo total y en piel del personal ocupacionalmente expuestos a las radiaciones ionizantes.

De manera que es valida la pregunta:
¿Por que la empresa Nuclear Control S.A.C. NO CUMPLE con lo dispuesto por la AUTORIDAD NACIONAL (OTAN-IPEN) y la normatividad vigente en el país?

Francisco Vidarte
Lima, 15 de mayo de 2012


Referencias:



(1 ) RMCP - mensaje: 42179, del 14 de mayo de 2012. 

Re: Empresa Nuclear Control SAC pone en peligro a trabajadores con radiacion

Estimado Francisco:
Habria que preguntarse desde hace cuanto tiempo no estan cumpliendo con esta obligacion que no es un mero formulismo, es una forma de garantizar que las lecturas de los dosimetros son confiables, si es desde hace mucho tiempo.
En el documentop no se hace refencia a llamdos de atencion similares, por ello al parecer es reciente esta falta de lo contrario seria aun mas grave

Atte
Jaime Languasco Bambaren
http://energianuclearperu.blogspot.com/

-------



(2) Lima, 09 de mayo de 2012

 Empresa NUCLEAR CONTROL no cumple con norma de dosimetría personal vigente en el Perú

Por: Francisco Vidarte Garcia (*)
En el Perú, la provisión de la dosimetría personal de radiaciones a trabajadores ocupacionalmente expuestos debe ser  realizada por un servicio de dosimetría personal de radiación externa autorizado por  la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN) del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), de acuerdo con lo establecido en la reglamentación vigente de la Ley  28028 – Ley  de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante, el Reglamento de la Ley 28028 (D.S.No. 039­2008­EM)  y  el Reglamento de Seguridad Radiológica (D.S. No. 009­97­EM), para lo cual debe cumplir  con requisitos  técnicos y  administrativos que garanticen lecturas  exactas, precisas y  confiables  de dosis, dentro de márgenes apropiados.

Según los numerales 201 y 513 de la Norma de Seguridad Radiológica PR.002.2011 "REQUISITOS TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LOS SERVICIOS DE DOSIMETRIA PERSONAL DE RADIACION EXTERNA" se establece que toda a toda persona natural o jurídica que preste servicios de dosimetría personal de radiación externa a nivel nacional, debe llevar a cabo pruebas de desempeño rutinarias, cada doce (12)  meses, a través de un Laboratorio Secundario de Calibraciones Dosimétricas (LSCD)designado por  la OTAN, las mismas que deberán ser  aprobadas y  documentadas en certificados debidamente firmados por  el LSCD.


A la fecha, en el Perú, las empresas de dosimetría personal autorizadas por la OTAN-IPEN son:
Nuclear Control SAC http://www.nuclearcontrol.com.pe
Dosirad SAC  http://www.dosirad.com
Aleph Group & Asociados SAC http://www.aleph.com.pe

De otro lado, en el numeral 702, la norma dispone que:  "La OTAN fiscalizara el cumplimiento de la presente norma y  de las condiciones del servicio aprobadas y  en cumplimiento con las disposiciones establecidas en el Reglamento de la Ley 28028."

¿Por que la empresa Nuclear Control S.A.C. NO CUMPLE con lo dispuesto por la AUTORIDAD NACIONAL (OTAN-IPEN) y la normatividad vigente en el país?
























































(*) Presidente, Asociación Peruana de Energía Nuclear, fvidarte@hotmail.com
Fuente: http://dosimetriaderadiaciones.blogspot.com/2012/05/empresa-nuclear-control-no-cumple-con.html
------------------------

(3) Lima, 17 de setiembre de 2010
CARTA Nº 061-10-IPEN/SEGE

Señora
EDA MARIELA CRISOLOGO CORREA
Manuela Estacio Nº120, Dpto.201.
San Miguel
Presente.-

Ref.: Solicitud de Acceso a la Información Pública (RMP Nº4024)

Por la presente me dirijo a usted, sobre lo solicitado en el marco de la Ley Nº27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y según como nos manifiesta la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional, la Empresa NUCLEAR CONTROL SAC, a la fecha no cuenta con el certificado de intercomparación dosimétrica vigente para campos mixtos, fotones, radiación y accidentes en las magnitudes Hp(10) ni Hp(0,07).

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente,

HUMBERTO FLORES AREVALO
Secretario General
Instituto Peruano de Energía Nuclear
(firmado en original)

  

jueves, 10 de mayo de 2012

OFICINA TÉCNICA DE LA AUTORIDAD NACIONAL (OTAN/IPEN)

En el ámbito del control de la aplicación de las actividades relacionadas con radiaciones ionizantes, el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN)  actúa como Autoridad Nacional, velando fundamentalmente por el cumplimiento de las Normas, Reglamentos y Guías orientadas, para la operación segura de las instalaciones nucleares y radiactivas, basadas en la Ley 28028 Ley de Regulación del uso de Fuentes de Radiación Ionizante  y su reglamento así como  en las recomendaciones del Organismo Internacional de la Energía Atómica - OIEA.
El IPEN ejerce las funciones de regulación y control del uso seguro de las fuentes de radiaciones ionizantes a nivel nacional, mediante la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN), de conformidad con las funciones establecidas el Decreto Ley 21875, Ley 28028 – Ley de Regulación del Uso de las Fuentes de Radiación Ionizante y el Reglamento de la Ley 28028. Las funciones reguladores y de control incluyen la aprobación de autorizaciones – registros, licencias y autorizaciones específicas –, la realización de inspecciones, la fiscalización del cumplimiento de las normas, y la  emisión de normas de seguridad radiológica y nuclear. 

Alertan sobre importancia de la dosimetría personal

NORMATIVIDAD. ACTUALMENTE SIETE MIL HABITANTES REQUIEREN DE MONITOREO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS

Para evitar que usuarios sufran daños irreversibles en su salud

Por la importancia del ingreso de nuevas tecnologías en el tema de dosimetría personal debido a los riesgos que implica la exposición de radiaciones ionizantes para los peruanos que laboran en el campo de diagnóstico médico, radioterapia, medicina nuclear y de monitoreo operacional de instalaciones radiactivas es que se está creando gran conciencia respecto al tema y promoviendo el estricto cumplimiento de la normatividad. 

Dosimetría de Alta Dosis


Instituto Peruano de Energía Nuclear
El servicio consiste en la exposición a la radiación ionizante de un dosímetro conjuntamente con el producto en el irradiador Gammacell 220 Excel, con la finalidad de verificar la dosis que está recibiendo el producto, mediante su medición de la dosis y la distribución de la dosis de un producto representativo (mapeo de dosis).


Reseña histórica de ALFIM: 18 de julio de 1984

ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE FÍSICA MÉDICA 
Enrique Gaona (México). gaen1310@correo.xoc.uam.mx, gaen1310@yahoo.com
FUNDACIÓN DE ALFIM 
La Asociación Latinoamericana de Física Médica (ALFIM) fue constituida el 18 de julio de 1984 a la 17:00 horas en la 26 Reunión de la American Association of Medical Physics y la 1er. Reunión Interamericana de Física Médica (Estados Unidos, Canadá, Latinoamérica y el Caribe) que se celebró en Chicago, Illinois, EUA, en 1984, se contó con la presencia de 27 físicos médicos de 10 países latinoamericanos. ALFIM esta afiliado a la IOMP, su aceptación de  ingreso a la IOMP fue en la reunión de Consejo del IOMP en Finlandia, agosto 1985.

PERU: Simposio Internacional sobre Protección Radiológica. Cusco, del 1 al 4 de abril de 2012.

Informe Final "Simposio Internacional sobre Protección Radiológica"

Con la asistencia de 210 participantes de Argentina, Brasil, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile, Cuba, España, Estados Unidos de Norteamérica, México, Perú, Portugal, Puerto Rico, Uruguay y Venezuela se llevó a cabo el Simposio Internacional sobre Protección Radiológica en la ciudad de Cusco del 1 al 4 de abril de 2012, el cual estuvo organizado por la Sociedad Peruana de Radioprotección (SPR) con ocasión de celebrarse los primeros 25 años de vida institucional.

miércoles, 9 de mayo de 2012

Empresa NUCLEAR CONTROL no cumple con norma de dosimetría personal vigente en el Perú

Por: Francisco Vidarte Garcia (*)

En el Perú, la provisión de la dosimetría personal de radiaciones a trabajadores ocupacionalmente expuestos debe ser  realizada por un servicio de dosimetría personal de radiación externa autorizado por  la Oficina Técnica de la Autoridad Nacional (OTAN) del Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), de acuerdo con lo establecido en la reglamentación vigente de la Ley  28028 – Ley  de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante, el Reglamento de la Ley 28028 (D.S.No. 039­2008­EM)  y  el Reglamento de Seguridad Radiológica (D.S. No. 009­97­EM), para lo cual debe cumplir  con requisitos  técnicos y  administrativos que garanticen lecturas  exactas, precisas y  confiables  de dosis, dentro de márgenes apropiados.

Según los numerales 201 y 513 de la Norma de Seguridad Radiológica PR.002.2011 "REQUISITOS TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS PARA LOS SERVICIOS DE DOSIMETRIA PERSONAL DE RADIACION EXTERNA" se establece que toda a toda persona natural o jurídica que preste servicios de dosimetría personal de radiación externa a nivel nacional, debe llevar a cabo pruebas de desempeño rutinarias, cada doce (12)  meses, a través de un Laboratorio Secundario de Calibraciones Dosimétricas (LSCD) designado por  la OTAN, las mismas que deberán ser  aprobadas y  documentadas en certificados debidamente firmados por  el LSCD.


A la fecha, en el Perú, las empresas de dosimetría personal autorizadas por la OTAN-IPEN son:
- Nuclear Control SAC http://www.nuclearcontrol.com.pe
- Dosirad SAC  http://www.dosirad.com
- Aleph Group & Asociados SAC http://www.aleph.com.pe

De otro lado, en el numeral 702, la norma dispone que:  "La OTAN fiscalizara el cumplimiento de la presente norma y  de las condiciones del servicio aprobadas y  en cumplimiento con las disposiciones establecidas en el Reglamento de la Ley 28028."

¿Por que la empresa Nuclear Control S.A.C. NO CUMPLE con lo dispuesto por la AUTORIDAD NACIONAL (OTAN-IPEN) y la normatividad vigente en el país?
























































(*) Presidente, Asociación Peruana de Energía Nuclear, fvidarte@hotmail.com